Instrucciones dadas a conocer por Gobernación de San Felipe:

Una importante información fue brindada por Gobernación de San Felipe para todos nuestros lectores, se trata de las indicaciones individuales para gestionar cada ciudadano su respectivo ‘Salvoconducto’. Según las recomendaciones, cada persona lo puede gestionar vía Internet y así poder salir a la comunidad estrictamente para casos muy justificados como urgencias hospitalarias, comprar alimentos, atender a familiares enfermos y comprar medicamentos en alguna farmacia. A continuación las recomendaciones:

 

Instructivo Permiso Temporal y Salvoconducto

El presente instructivo tiene como fin informar respecto de las formas y supuestos en que se otorgarán las autorizaciones, en el evento que sea necesario, que permitan a los ciudadanos acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos cuando sea estrictamente necesario, para asegurar los servicios esenciales, el abastecimiento y la distribución de bienes y servicios de primera necesidad.

Esto dado la situación de catástrofe que vive el país por COVID-19.

  1. Permiso temporal y salvoconducto individual

El permiso temporal consiste en la autorización de circulación por un tiempo limitado, para casos en que se determinen restricciones a la libertad ambulatoria por razones sanitarias, excluyendo a aquellas personas sometidas a aislamiento total. Esto, a fin de que las personas puedan realizar actividades fundamentales y abastecerse de servicios esenciales.

El salvoconducto individual consiste en la autorización de circulación concedida una vez decretado el Toque de Queda.

Este tipo de permiso tendrá las siguientes características:

  1. Sólo puede ser solicitado directamente por quien se trasladará de un lugar a otro, por cualquiera de las razones que a continuación se indica.
  2. Estos permisos son personales, únicos e intransferibles y pierden su vigencia una vez vencido el plazo por el cual fueron otorgados.
  3. Podrá ser solicitado de manera remota en el portal comisariavirtual.cl ingresando su respectiva clave única o de manera presencial en dependencias de Carabineros de Chile.

Permiso temporal

  1. Asistencia a centros, servicios y establecimientos de Salud por hora concertada con anterioridad, (24 horas de libre tránsito).
  2. Asistencia a farmacias, supermercados, mercados y/o lugares de venta de insumos básicos, ya sea para la compra de alimentos, medicamentos y/o insumos básicos (tres horas de libre tránsito por la comuna de residencia, no será válido en horario de toque de queda).
  3. Pasear a mascotas o animales que estén bajo su cuidado, con desplazamiento reducidos dentro de las dos cuadras a la redonda del domicilio o residencia, no será válido en horario de toque de queda (20 minutos).
  4. Pagos, gestiones en bancos, servicios básicos y/o cobros de pensiones de gente sin acceso a Internet (4 horas.)
  5. Asistencia a estaciones de servicio para cargar combustible(3 horas de libre tránsito por la comuna de residencia, no será válido en horario de toque de queda).
  6. Retorno al lugar de residencia habitual.
  7. Visitas correspondientes al régimen directo y regular de los padres con sus hijos.

Salvoconducto individual

  1. Asistencia a funerales de familiares directos (4 horas de libre tránsito si reside en la misma región del funeral y 24 horas si el funeral es en otra región).
  2. Asistencia a centros, servicios y establecimientos de Salud por tratamiento médico y/o urgencia médica.
  3. Compra en farmacia de turno por urgencia médica.
  4. Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niños, niñas, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad (24 horas).

 

PERMISOS COLECTIVOS

En los casos de emergencia no establecidos en este catálogo, se deberá requerir el salvoconducto de manera presencial.

Permiso temporal y salvoconducto colectivo

Estas autorizaciones tienen como principal objetivo el funcionamiento adecuado de los servicios básicos, de utilidad pública y de alta valoración social.

Permiso temporal colectivo

A través de esta herramienta es posible solicitar autorizaciones que permiten la circulación del personal esencial para el funcionamiento de servicios, durante el periodo en que se determinen restricciones a la libertad ambulatoria por razones sanitarias, respecto de los siguientes sectores:

  1. Suministro de Energía.
  2. Transporte público.
  3. Suministro de agua potable.
  4. Suministro de gas.
  5. Distribuidoras de combustible.
  6. Reactores nucleares.
  7. Bancos e instituciones financieras y transporte de valores.
  8. Servicios funerarias y cementerios.
  9. Telecomunicaciones.
  10. Supermercados, mercados, ferias y centros de abastecimiento y de producción.
  11. Locales de expendio de alimentos y otros insumos básicos.
  12. Farmacias.
  13. Laboratorios y productores de medicamentos.
  14. Distribuidores de diarios y periódicos.
  15. Empresas agro alimentos y productores agrícolas respecto de los predios en los que se estén realizando procesos críticos para la producción agrícola (siembra, cosecha, procesamiento y distribución para la entrega).
  16. Medios de comunicación (Canales de TV, prensa escrita, radio y medios de comunicación online).
  17. Funcionarios y servidores públicos sin credencial.
  18. Servicios de delivery.
  19. Correos.
  20. Empresas de Minería.
  21. Portuarias.
  22. Aeropuertos y terminales de buses.
  23. Empresa recolectora de basura y relleno sanitarios.
  24. Otros servicios considerados críticos por la autoridad.

 

CON CLAVE ÚNICA

Para que las instituciones descritas puedan obtener el permiso temporal y/o el salvoconducto colectivo, se les entregará una clave usuario especial, para ello deberán enviar un correo electrónico a comisaria.virtual@carabineros.cl en este correo deberán individualizar a la o las personas representantes de la empresa (máximo cuatro) con su nombre completo, cédula de identidad, cargo y correo electrónico institucional. Además, en el correo electrónico deberán adjuntar el RUT de la empresa. Recibida esta información se remitirán las claves con nombre de usuario y contraseña.

Este permiso debe acotarse únicamente al   personal necesario para aquellas funciones, tareas, procesos o áreas de gestión o servicio de la organización que no pueden suspenderse por resultar imprescindibles para garantizar la prestación de servicios de utilidad pública o la atención de necesidades básicas de la población. Una vez obtenido el certificado, deberá enviarse a todos los funcionarios mencionados para que puedan exhibir el documento, ya sea en soporte físico o digital.

 

SALVOCONDUCTO COLECTIVO

El salvoconducto colectivo, consiste en la autorización de circulación una vez decretado el Toque de Queda, para que aquellos servicios esenciales relacionados con la vida, la seguridad o la salud de las personas; el abastecimiento de alimentos y otros bienes y servicios de primera necesidad; la prevención de riesgos sanitarios o ambientales; y la libertad de información, puedan funcionar de manera adecuada.  Aquellas empresas de este listado que no presten los servicios descritos en este párrafo, no podrán acceder a salvoconducto en horarios de toque de queda.

 

III.          Autorización permanente para el personal de emergencias

Se considerará como salvoconducto válido que permitirá el libre tránsito, las credenciales institucionales de:

  1. Profesionales de salud, incluyendo laboratorios de medicamentos.
  2. Bomberos.
  3. Funcionarios y servidores públicos en el marco del cumplimiento de sus funciones.
  4. Empresas de seguridad privada en el marco del cumplimiento de sus funciones (para estos casos deberán presentar también su permiso de la OS10 de Carabineros de Chile).
  5. Seguridad Ciudadana Municipal.

 

  1. Autorización para empresas y personas que realizan transporte de bienes

Para efectos de las empresas transportistas, se considerará como salvoconducto las guías de despachos emitidas por empresas, siempre y cuando, en ellas se incorpore la siguiente información:

  1. Nombre completo conductor.
  2. RUT conductor.
  3. Patente camión.
  4. Fecha de despacho.
  5. Destino de despacho.
  6. Y rango horario para realizarlo.
  7. Productos objeto del despacho.

 

Es importante aclarar que este permiso es único e intransferible, y que sólo la persona que lo solicita estará autorizada a transitar.

 

MUCHA ATENCIÓN.- Durante los Toque de Queda sólo nos podremos movilizar en la vía pública con un salvoconducto, bien sea emitido de manera individual o colectivo.

MUCHA ATENCIÓN.- Durante los Toque de Queda sólo nos podremos movilizar en la vía pública con un salvoconducto, bien sea emitido de manera individual o colectivo.

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Instrucciones dadas a conocer por Gobernación de San Felipe: Una importante información fue brindada por Gobernación de San Felipe para todos nuestros lectores, se trata de las indicaciones individuales para gestionar cada ciudadano su respectivo ‘Salvoconducto’. Según las recomendaciones, cada persona lo puede gestionar vía Internet y así poder salir...