Aleksis Gómez señaló que si la normativa no se cumple, el trabajador puede realizar una denuncia de manera anónima.
Aleksis Gómez señaló que si la normativa no se cumple, el trabajador puede realizar una denuncia de manera anónima.

Empleadores deben suministrarles especialmente bloqueadores solares, debido a lo peligroso de ese tipo de radiación y consecuencias en el organismo.

El lunes recién pasado el termómetro superó los 31 grados y este martes alcanzó los 30, dándonos una idea de lo que se viene para el verano 2012.

Estas temperaturas se sintieron en la comuna de San Felipe alrededor de las 15 horas, uno de los momentos más peligrosos para que las personas se expongan al sol, ya que se ven afectadas por la radiación ultravioleta.

La situación más compleja la viven las personas que se ven obligadas a estar en la calle durante el día, debido a su trabajo diario y que se exponen al sol, especialmente en las horas más peligrosas, muchas veces sin protección solar, elemento que debe ser suministrado por sus empleadores.

Así lo establece la Ley 20096 sobre la protección de los factores de capa de ozono, normativa que establece como prioridad que el empleador tiene que suministrar los elementos de seguridad necesarios para cumplir con el trabajo, en este caso, protectores solares, una situación que la Seremi de Salud ya está fiscalizando, especialmente entre el 1 de septiembre y el 31 de marzo, según establece el cuerpo legal.

«Si los trabajadores están expuestos a la radiación ultra violeta, tienen que entregar todos los elementos de protección personal para proteger la salud de las personas y además por obligación el empleador tiene que informar cuales son los riesgos de la exposición a la radiación ultravioleta», señaló Aleksis Gómez, profesional a cargo del programa de seguridad química de la Seremi de Salud.

Según establece la normativa, el empleador debe entregar todos los elementos de protección personal a sus trabajadores, como lentes de seguridad, gorros, protectores solares, el que debe cambiarse todos los años y debe ser entregado apenas comience la temporada de primavera.

Los empleadores que deben entregar estos elementos corresponden básicamente a las actividades mineras y silvoagropecuarias, aunque la normativa exige estas condiciones a todos aquellos trabajadores que se desempeñan al aire libre como los de parquímetros, por ejemplo.

«Tener los elementos de protección personal no es responsabilidad de los trabajadores, es del empleador y así lo estipula el Código del Trabajo y la normativa de Salud», sostuvo el profesional.

La Seremi de Salud, debido a lo delicado del tema, y según señala Gómez, realiza fiscalizaciones dos veces en la temporada, no encontrando hasta la fecha irregularidades en la zona.

En todo caso, si esta normativa no se cumple de parte del empleador, los trabajadores pueden dirigirse hasta la Inspección del Trabajo o a la Seremi de Salud para realizar la denuncia respectiva, la que puede ser hecha de manera anónima en el caso de que el trabajador tema perder su fuente laboral.

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